Diario Oficial Nº 27.831, 7 de octubre de 2009. CONSEJO DE MINISTROSLey 18.564Díctanse normas relacionadas con la conservación, el uso y elmanejo adecuado de los suelos y de las aguas.PODER LEGISLATIVOEl Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental delUruguay, reunidos en Asamblea General,DECRETANArtículo 1°.- Sustitúyese el artículo 2° del Decreto-Ley N° 15.239,de 23 de diciembre de 1981, por el siguiente:"ARTICULO 2°.- Todas las personas tienen la obligación decolaborar con el Estado en la conservación, el uso y el manejoadecuado de los suelos y de las aguas.Los titulares de explotaciones agropecuarias, cualquiera sea suvinculación jurídica de los mismos con el inmueble que les sirvede asiento, o tenedores de tierras a cualquier título, quedanobligados a aplicar las técnicas que señale el Ministerio deGanadería, Agricultura y Pesca para evitar la erosi...