<br/> REGLAMENTO DE ORGANIZACION ADMINISTRATIVA DEL AGUACAPITULO IDISPOSICIONES GENERALESDefinición de usuario de aguaArtículo 1º.- Para los efectos del presente Reglamento se denomina usuario de agua a toda persona natural o jurídica que hace uso del agua bajo régimen de licencia y que se encuentre registrado en el respectivo Padrón de Usos de agua. Asimismo, se denomina usuario de agua hábil aquel que esté al día en el pago de su tarifa por uso de agua.Organizaciones de UsuariosArtículo 2º.- Los usuarios de agua de cada Distrito de Riego se organizarán obligatoriamente en Comisiones de Regantes, para cada Sector o Subsector de Riego, y en una Junta de Usuarios para cada Distrito de Riego o Subdistrito de Riego. Dichas agrupaciones persiguen fin no lucrativo, son de duración indefinida y tendrán domicilio legal en la circunscripción territorial donde operan.Finalidad de las organizaciones de u...