SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO DEPTO. PROTECCION AGRICOLA SUB. DEPTO. DEFENSA AGRICOLA ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO PARA SEMILLAS DE CEREALES. SANTIAGO, 31 de MARZO de 2004. HOY SE RESOLVIO LO QUE SIGUE: N° 1012 VISTOS : Lo dispuesto en la Ley N° 18.755. Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la Ley Nº 19.283, el Decreto Ley N° 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, las Resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero N°s 3815 de 2003 y 1990 de 2001, los Decretos de Agricultura N°s 156 de 1998 y 92 de 1999, y CONSIDERANDO: 1. Que las disposiciones legales vigentes facultan al Servicio para establecer exigencias fitosanitarias de internación de productos vegetales. 2. Que se han efectuado los análisis de riesgo de las plagas que potencialmente podrían ser transportadas por las semillas de cereales. RESUELVO: 1. Para internar al país, semillas de las sigui...