Ministerio de Economía, Fomento y ReconstrucciónMinisterio de Economía, Fomento yReconstrucciónSUBSECRETARIA DE PESCA REGLAMENTO SOBRE AREAS DE MANEJO YEXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOSNúm. 355.- Santiago, 12 de Junio de1995.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 No. 8 de la Constitución Políticadel Estado; el DFL No. 5, de 1983; el DS No. 430, de 1991, del Ministerio deEconomía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido de la Ley No.18.892 y sus modificaciones; el DFL No. 340, de 1960, DS No. 660, de 1960 y No.476, de 1995, todos del Ministerio de Defensa Nacional;Considerando:Que la Ley General de Pesca y Acuiculturaha establecido una medida de administración pesquera denominada áreas de manejoy explotación de recursos bentónicos.Que el artículo 48 letra d) de la LeyGeneral de Pesca y Acuicultura prescribe que un reglamento determinará lascondiciones y modalidades de los términos t...