LEY Nº 2.715/05QUE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA CON LA CATEGORÍA DE MANEJO RESERVA ECOLÓGICA AL BANCO SAN MIGUEL Y LA BAHÍA DE ASUNCIÓN.EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DELEY Artículo 1°.- Declárase como Área Silvestre Protegida, con la categoría de manejo Reserva Ecológica, al Banco San Miguel y la Bahía de Asunción y sus lechos y álveos, quedando sujeta el área a las disposiciones de la Ley Nº 352/94 “De Áreas Silvestres Protegidas” y sus reglamentaciones.Artículo 2°.- Esta declaración afecta a: a) una superficie de 300 hectáreas en la extensión denominada Banco San Miguel, teniendo como límites al norte y al este el río Paraguay, al sur la Bahía de Asunción y al oeste la calle San Estanislao hasta su desvío hacia el Club Mbiguá y de allí una l...