DECRETO NoDECRETO No. 407 DEL 18 DE FEBRERO DE 1949Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre aguas de uso público yaprovechamiento de las mismas El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere elartículo 47 de la Ley 90 de 1948, DECRETA: Artículo 1. Declárese que hay grave motivo de utilidad pública e interés socialpara decretar la enajenación forzosa o expropiación de todos los bienes yderechos que sean necesarios para la construcción de presas de aguas, embalses,obras de regadío, acueductos, así como para el aprovechamiento hidráulico,industria o agrícola de dichas obras. Artículo 2. La declaración de utilidad pública, de que trata el artículoanterior se extenderá a las zonas de terreno que sean necesarias para laapertura de carreteras, caminos, o vías de comunicación en general, imposiciónde servidum...