GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBAEDICION ORDINARIA, LA HABANA, VIERNES 2 DE JULIO DE 1993, AÑO XCINúmero 9 Página 121CONSEJO DE ESTADOFIDEL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba,HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha acordado lo siguiente:POR CUANTO: El Artículo 27 de la Constitución de la República establece que el Estado protege el medio ambiente y los recursos naturales del país, reconoce su estrecha vinculación con el desarrollo económico y social sostenible para hacer más racional la vida humana y asegurar la supervivencia, le bienestar y la seguridad de las generaciones actuales y futuras, estando su aplicación a cargo de los organismos correspondientes, así como que es un deber de todos los ciudadanos contribuir a la protección del agua, la atmósfera, la fauna y todo el rico potencial de la naturaleza.POR CUANTO: La Ley No. 33, de 10 de enero de 1981, De Protecci...