LEY Nº IX-0634-2008EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS,SANCIONANCON FUERZA DELEY“PRESERVACION Y RESTAURACION AMBIEN-TAL DEL SECTOR MINERO”ARTICULO 1º.- A los efectos de garantizar la preservación de los recursosnaturales, con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, la biodiversidad, elambiente y la calidad de vida de todos los habitantes, prohíbese en el territorio dela Provincia de San Luis, el uso de sustancias químicas como cianuro, cianuro desodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácidoclorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico, amonio, carbonato y otras sustanciastóxi-cas similares en los procesos mineros metalíferos de prospección, cateo,exploración, explotación, beneficio y/o industrialización, de minerales metalíferosob-tenidos a través de cualquier método extractivo.-ARTICULO 2&...