BOE núm. 12 Sábado 13 enero 2001 16214. En lo no previsto en los apartados anteriores, elComité de Seguimiento se regirá por lo establecido enel capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.Disposición adicional única. Título competencial.El presente Real Decreto se dicta en virtud de la com-petencia estatal en materia de bases y coordinación dela planificación general de la actividad económica pre-vista en el artículo 149.1.13.a de la Constitución.Disposición derogatoria única. Derogación normativa.Queda derogado el Real Decreto 1695/1995, de 20de octubre, por el que se establece un régimen de ayudasdestinado a fomentar el cese anticipado en la actividadagraria y cuantas disposiciones de igual o inferior rangose opongan a lo previsto en el presente Real Decreto.Disp...