LEY N° 17.852PREVENCIÓN, VIGILANCIA Y CORRECCIÓN DE LAS SITUACIONES DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA 20/12/04 CAPÍTULO I -Objeto y definiciones Artículo 1º. (Objeto).-Esta ley tiene por objeto la prevención, vigilancia y corrección de las situaciones de contaminación acústica, con el fin de asegurar la debida protección a la población, otros seres vivos, y el ambiente contra la exposición al ruido.Artículo 2°. (Ruido).-Se entiende por ruido todo sonido que por su intensidad, duración o frecuencia, implique riesgo, molestia, perjuicio o daño para las personas, para otros seres vivos o para el ambiente o los que superen los niveles fijados por las normas.Artículo 3°. (Contaminación acústica).-Se entiende por contaminación acústica a los efectos de esta ley, la presencia en el ambiente de ruidos, cualquiera sea la fuente que los orig...