Establecen Límites MáximosPermisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 038-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que,el artículo 2 inciso 22) de la Constitución Política del Perú establece que esdeber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de unambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, constituyendo underecho humano fundamental y exigible de conformidad con los compromisosinternacionales suscritos por el Estado; Que,el artículo 67 de la Constitución Política del Perú señala que es función delEstado determinar la política nacional del ambiente; Que,el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Decreto Legislativo Nº613, en el artículo I de su Título Preliminar, establece que es obligación detodas las personas la conservación del ambiente y consagra la obligaci...