REGLAMENTA ACTIVIDADES PESQUERAS Y DEROGA DECRETOS SUPREMOS QUE INDICA.* SANTIAGO, 24 de Marzo de 1980. VISTO: Lo dispuesto en los decretos supremos Nos. 524, de 1964; 619 y 625, de 1967, 474 de 1962, todos del Ministe -rio de Agricultura; en el decreto con fuerza de ley No 34, de 1931 sobre pesca y sus modificaciones; en su reglamento contenido en el decreto supremo No 1.584, de 1934, del Ex Ministerio de Fomento; en la Ley No 10.336 de 1964; en los de- cretos leyes Nos l, de 1973, 527 y 806, de 1974, 2.442 de 1978 y C O N S I D E R A N D O Que los reglamentos existentes en ma- teria de industrias pesqueras y establecimientos de cultivo de recursos hidro- biológicos, contienen exigencias de informes y documentos que entraban la tra- mitación de las autorizaciones. Que además algunas de las disposicio -nes de dichos textos reglamentarios, carecen de vigencia en relación con las normas contempladas en el Decreto Ley No 2.442, de 1978, para la estructura y funciones ...