Servicio Agrícola y GanaderoServicio Agrícola y GanaderoDepartamento Protección Pecuaria FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA PREVENIRLA INTERNACION DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL CONTAMINADOS CON DIOXINAResolución Núm. 2.701 exenta.- Santiago,8 de septiembre de 1999.- Vistos: Las facultades conferidas por la leyNº18.755, el artículo 3º del DFL RRA. Nº16 de 1963 que, para la internación deanimales y productos pecuarios, dispone cumplir las exigencias de ordensanitario que se especifique en cada caso; y la ley Nº18.164,Considerando:1.- Que los productos contaminados conDioxina representan un alto riesgo para la salud humana y animal.2.- Que la Unión Europea ha dictadomedidas restrictivas con relación al intercambio de productos animalesoriginados en Bélgica. Resuelvo:1.- Los siguientes productos provenientesde Bélgica, sólo podrán internarse al país cuando vengan acompa&nti...