LEY Nº 422/73FORESTALEL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DELEY:CAPITULO IDE LOS OBJETIVOS Y DE LA JURIDICCION Art. 1º.- Declárase de interés público el aprovechamiento y el manejo racional de los bosques y tierras forestales del país, así como también el de los recursos naturales renovables que se incluyan en el régimen de esta ley. Declárase, asimismo, de interés público y obligatoria la protección, conservación, mejoramiento y acrecentamiento de los recursos forestales.El ejercicio de los derechos sobre los bosques, tierras forestales de propiedad pública o privada, queda sometido a las restricciones y limitaciones establecidas en esta Ley y sus reglamentos.Artículo 2º.- Son objetivos fundamentales de esta Ley:a) La protección, conservación, aumento, renovación y aprovechamiento sostenible y racional de los recursos forestales del país; b) La incorpo...