LEY Nº 40/90QUE CREA LA COMISION NACIONAL DE DEFENSADE LOS RECURSOS NATURALESEL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DEL E Y Artículo 1º.- Créase la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales con el objeto de desarrollar una acción eficiente y eficaz para la defensa del Ecosistema. Artículo 2º.- La Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales velará por la preservación del Medio Ambiente, orientando y coordinando la acción de los Organismos que desarrollen actividades para la defensa del Ecosistema. Artículo 3º.- La Comisión elaborará un Proyecto de Legislación Ambiental y podrá solicitar la cooperación de entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus fines. Artículo 4º.- La Comisión será integrada por dos Senadores y dos Diputados y un represent...