Ley Nacional 14.346 -de protección a los animales- Norma Argentina vigenteSancionada por el Congreso de la Nación el 27 de Septiembre de 1954Art.lº - Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.Art.2º - Serán considerados actos de maltrato :1)No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.2)Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.3)Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.4)Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.5)Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.6)Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.Art.3º...