1LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARESDiario Oficial de la Federación 31 de diciembre de 1974Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes,sabed:QUE EL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, SE HA SERVIDO DIRIGIRME EL SIGUIENTEDECRETO:"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAMOS NUCLEARES.CAPÍTULO PRIMEROOBJETO Y DEFINICIONESARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto regular la responsabilidad civil por daños que puedan causarse porel empleo de reactores nucleares y la utilización de substancias y combustibles nucleares y desechos de estos.ARTÍCULO 2.- Las disposiciones de la presente ley son de interés social y de orden público y rigen en toda laRepública.ARTÍCULO 3.-...