LEY DE CONSERVACION DE VIDA SILVESTREDECRETO No 844LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADORCONSIDERANDO:I.- Que de conformidad al Art. 117 de la Constitución de la República se declara de interés social la protección, restauración, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales y que dicha protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales y del medio serán objeto de leyes especiales.II.- Que la vida silvestre es imprescindible para conservar un medio ambiente sano y en equilibrio, que sustenta una gran variedad de recursos naturales renovables;III.- Que debido a la falta de conocimiento y al uso inapropiado por la población, diferentes especies de la vida silvestre están amenazadas de extinción, lo que redunda en la disminución de obtención de medios de vida de las comunidades que viven de ello;IV.- Que es urgente que el Estado emita una legislación que facilite la protecció...