LEY PROVINCIAL Nro. 1508NORMAS SOBRE EMISIÓN O DESCARGA AL AMBIENTE DE EFLUENTES LÍQUIDOS Y SUS AGREGADOS.Santa Rosa, 11 de noviembre de 1993. BOLETÍN OFICIAL, 17 de Diciembre de 1993LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:Artículo 1.- Prohíbese la emisión o descarga al ambiente de todo tipo de efluentes líquidos y sus agregados sin previo tratamiento o disposición que los convierten en inocuos para todos y cada uno de los elementos constitutivos del ambiente y/o para la salud y bienestar de la población.Artículo 2.- Todo efluente líquido tratado, depurado o atenuado hasta cumplir con las exigencias del artículo anterior, sólo podrá ser eliminado o descargado a las masas receptoras que esta ley y su reglamento fijen.Artículo 3.- Queda expresamente prohibido el desagüe de efluentes líquidos residuales, tratados o sin tratar, a las ví...