Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en elRamo del Petróleo.(Publicada en el D.O.F. el 29 de noviembre de 1958yARTICULO 10.- Corresponde a la Nación el dominio directo, inalienable e imprescriptible de todoslos carburos de hidrógeno que se encuentren en el territorio nacional incluida la plataformacontinentaC en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico, incluyendo los estadosintermedios, y que componen el aceite mineral crudo, lo acompañan o se derivan de él.ARTICULO 20.- Sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de loshidrocarburos, que constituyen la industria petrolera en los términos del artículo siguiente.En esta Ley se comprende con la palabra petróleo a todos los hidrocarburos naturales a que serefiere el artículo 1 o.ARTICULO 30.- La industria petrolera abarca:l. La exploración, la explotación, la refinación, el transporte, el almacenamien...