LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR(Publicada en el D.O.F. el 4 de Febrero de 1985)'CAPITULO IDisposiciones generalesArtículo 1. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear yregula la exploración, la explotación y el beneficio de minerales radiactivos, así como elaprovechamiento de los combustibles nucleares, los usos de la energía nuclear, la investigación dela ciencia y técnicas nucleares, la industria nuclear y todo lo relacionado con la misma.Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia en toda la República.Artículo 2. El uso de la energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos en cumplimiento de loestablecido en el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.El Ejecutivo Federal dictará las disposiciones reglamentarias a que se sujetará el uso tantoenerg...