LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARESCámara de Diputados del H. Congreso de la UniónSecretaría GeneralSecretaría de Servicios ParlamentariosDirección General de BibliotecasNueva Ley DOF 31-12-19741 de 6LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARESTEXTO VIGENTENueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.LUIS ECHEVERRIA ALVAREZ, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sushabitantes, sabed:Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguienteD E C R E T O:"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS NUCLEARES.CAPITULO PRIMEROObjeto y DefinicionesARTICULO 1.- La presente ley tiene por objeto regular la responsabilidad civil por daños que puedancausarse por el em...