Ley No. 5395LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA,DECRETA:La siguienteLEY GENERAL DE SALUDDISPOSICIONES GENERALESARTÍCULO 1.- La salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.ARTÍCULO 2.- Es función esencial del Estado velar por la salud de la población. Corresponde al Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Salubridad Pública, al cual se referirá abreviadamente la presente ley como "Ministerio", la definición de la política nacional de salud, la normación, planificación y coordinación de todas las actividades públicas y privadas relativas a salud, así como la ejecución de aquellas actividades que le competen conforme a la ley. Tendrá potestades para dictar reglamentos autónomos en estas materias.ARTÍCULO 3.- Todo habitante tiene derecho a las prestaciones de salud, en la forma que las ...