14758 26 muyO 1984 BOE.--cNúm. 126Articulo no\eno.JUAN CARLOS R.DlSPQSICION FINALPREAMBULOArticulo primero.Se prorroga. hasta el día 31 de diciembre de 1984 la vigenciade la Ley 61:183, de 29 de junio, sobre medidaf> excepcionalespara el aprovechamiento de los recursos hld:áulicos, escasosa consecuencia de la prolongada sequía.Articulo segundoEl Gobierno tendrá 186 mismas facultades qUe le. Ley 6 i l983.de 29 de junio, atribuye a las Comisiones a que se refieresu artículo 3.°, para adoptar medidas que afecten al Ambitoterritorial de más de una de dichas Comisiones.la vigencia de las normas excepcionales regulada~por la re-ferida Ley 6,1983.Por otra parte, y en previsión de que sean nece6arias me-dIdas que afecten al Ambito de más de una de las Comisionesque establece lEL.Ley 6:1983, de 29 de Junio, resulta. convenientefacultar al Gobierno para que pueda actuar de modo seme-lante al previsto para dichas Comisiones. En particular, lase...