51626 Martes 23 diciembre 2008 BOE núm. 308Artículo 3. Cuantía y financiación.El importe de la subvención que se otorgará al IEMed será de 100.000 Euros, que se financiará con cargo a los créditos del Servicio 04 del Ministerio de Asuntos Exterio-res y de Cooperación.Artículo 4. Beneficiario.El beneficiario de la subvención será el IEMed.Artículo 5. Obligaciones del beneficiario.El beneficiario de esta subvención quedará obligado a:a) Realizar las actividades para las que se le concede la presente subvención, de acuerdo con este real decreto y en las correspondientes resoluciones de concesión, pre-sentado las justificaciones correspondientes.b) Comunicar a la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, la concesión de otras subvenciones de cual-quier ente público o privado, para la misma finalidad.c) Someterse a la normativ...